A- de 2023
Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar
✓Demandante Ramirez Diana Carolina·Demandado Municipio De Yaguara
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Acción de nulidad de actos administrativos o acuerdos de voluntades en los que intervenga una entidad estatal
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicción entre el Juzgado Noveno Administrativo del Circuito de Neiva y el Juzgado Tercero Civil del Circuito de la misma ciudad.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en la demanda de nulidad y restablecimiento de derechos que interpuso una ciudadana en contra del municipio de Yaguará, buscando la declaratoria de nulidad de los actos administrativos por medio del cual resolvió la solicitud de prescripción extintiva de obligaciones contenidas en un pagaré, y las que resolvieron los recursos de reposición y apelación sobre la primera.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones se reiteró la regla de decisión del Auto 946 de 2023, mediante la cual se estableció que la jurisdicción contenciosa administrativa es la competente para conocer de las demandas que se presenten en ejercicio del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, mediante las cuales se pretenda la nulidad de actos administrativos proferidos por funcionarios del orden municipal.
Lo anterior, en virtud de lo dispuesto en los artículos 104 y 155 del CPACA.
Con base en lo anterior se envía el expediente al Juzgado Noveno Administrativo del Circuito de Neiva para lo de su competencia y para que comunique a los interesados.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado
- Noveno. Administrativo del Circuito de Neiva y el Juzgado
- Tercero. Civil del Circuito de Neiva, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
- Noveno. Administrativo del Circuito de Neiva es la autoridad judicial competente para conocer del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho interpuesto por la señora Diana Carolina Ramírez en contra del municipio de Yaguará.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-2998 al Juzgado
- Noveno. Administrativo del Circuito de Neiva para lo de su competencia y para que comunique a los interesados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.